PROYECTO DE LEY
| El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
L E Y:
ARTICULO 1.- Declárase reserva natural provincial de objetivo definido, en los términos de la -------------------- Ley 10.907 y sus modificatorias, a las superficies pertenecientes al Fisco de la Provincia de Buenos Aires, comprendidas en la Circunscripción IV del Partido de Villa Gesell por las playas del litoral marítimo, Dunas y antedunas existentes sobre el Océano Atlántico, desde la Avenida Almirante Brown al sudoeste, hasta las Parcelas 88 a 93 al noroeste y el deslinde de las Parcelas 96 a 104. La reserva natural se denominará “Mar de las Pampas”..
ARTICULO 2.- Declárase Paisaje Protegido de Interés Provincial, en los términos de la Ley ------------------- 12.704 a las Antedunas cuyas superficies se encuentran comprendidas en el sector definido en el artículo anterior.
ARTICULO 2.- Las declaraciones de los artículo 1 y 2 de la presente ley tienen por objeto ----------------- conservar y proteger la integridad física del ambiente y un mejor aprovechamiento y desarrollo de los recursos naturales y culturales existentes en la reserva, su paisaje fitogeográfico, geomorfológico, en especial su sistema de antedunas y dunas, para asegurar un ambiente sano y evitar un impacto ambiental que pueda perjudicar el ecosistema. En particular se pretende mantener las condiciones naturales de la geografía para proteger las cuencas hídricas y el régimen de aguas, como también evitar los efectos nocivos que pueden producir los vientos, tanto en el bosque implantado al suelo, como también sobre la flora y fauna. Asimismo garantizar la belleza escénica, aumentar el atractivo con fines turísticos y deportivos y facilitar el esparcimiento, favoreciendo la educación ambientalista y ecológica.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Manuel M. Lozano Senador Provincia de Buenos Aires |
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